Vivimos en una sociedad visual. Desde que salimos de casa, miles de mensajes publicitarios asaltan nuestros sentidos. Para cualquier empresa, hacerse visible es una necesidad para mantenerse en la mente del consumidor. Los anglosajones lo llaman top of mind, es decir, esa marca que siempre se nos viene primero a la cabeza al pensar en un determinado tipo de artículos. Sin embargo, el espacio público no es una selva donde todo vale. Existe una línea muy fina entre una campaña espectacular y una multa administrativa.
A menudo, los emprendedores y gerentes de marketing se centran exclusivamente en el diseño, el color y el mensaje, olvidando un pilar fundamental: el marco legal. ¿Qué dicen las leyes españolas y las ordenanzas municipales sobre la publicidad exterior? En este artículo, desgranamos los aspectos clave para que tu inversión sea segura y efectiva.
La movilidad como soporte publicitario: Lo que dice la DGT
Una de las estrategias más dinámicas y rentables hoy en día es convertir la flota de la empresa en vallas publicitarias móviles. No pagas alquiler por el espacio y el anuncio se mueve por toda la ciudad. Sin embargo, cuando hablamos de la rotulación de coches o furgonetas de empresa, no basta con pegar un vinilo y arrancar el motor.
La normativa de la Dirección General de Tráfico (DGT) y el Reglamento General de Circulación son claros al respecto: la publicidad en vehículos es legal, siempre y cuando no impida la visibilidad del conductor ni distraiga peligrosamente al resto de usuarios de la vía.
Aquí hay dos puntos críticos que debes vigilar:
Las lunas y cristales: Si el vinilo cubre las ventanas traseras, debe ser obligatoriamente microperforado y estar homologado para pasar la ITV. Si utilizas vinilo convencional en los cristales, tu vehículo será rechazado en la inspección y podrás ser sancionado.
Materiales reflectantes o luminosos: Está terminantemente prohibido el uso de pinturas o vinilos que reflejen la luz de forma que deslumbren a otros conductores, así como la instalación de pantallas LED en vehículos en movimiento (salvo excepciones muy reguladas como los taxis en ciertas ciudades).
Ocupación de la vía pública y elementos temporales
No toda la publicidad es permanente. Las ferias, los eventos corporativos o las promociones estacionales requieren soluciones ágiles que se puedan montar y desmontar. Aquí es donde muchas empresas deciden alquilar tótems publicitarios digitales o estáticos para colocarlos en la entrada de un evento o en una calle transitada.
En este caso, la normativa que entra en juego suele ser la Ordenanza Municipal de Publicidad Exterior de cada ayuntamiento. Cada ciudad es un mundo, pero casi todas coinciden en la necesidad de solicitar una licencia de "Ocupación de la Vía Pública".
Si colocas un tótem en la acera sin permiso, estás infringiendo la normativa de accesibilidad. Las leyes actuales son muy estrictas protegiendo el paso para personas con movilidad reducida. El elemento publicitario debe dejar siempre un ancho libre de paso (que suele ser de 1,5 a 2 metros según la ciudad). Además, si el tótem es digital (pantalla LED), debe cumplir con la normativa de contaminación lumínica, regulando los nits (brillo) para no molestar a los vecinos ni a los conductores por la noche.
Publicidad estática y el respeto al entorno
Finalmente, llegamos a la publicidad más tradicional pero igualmente efectiva: los elementos fijos en fachadas o recintos privados visibles desde el exterior. Al instalar un expositor exterior de publicidad, ya sea una caja de luz, un cartel o una estructura en la fachada de tu negocio, debes tener en cuenta la Ley General de Publicidad y la Ley de Carreteras (si tu negocio está fuera del casco urbano).
- En carretera: La ley prohíbe instalar publicidad en tramos interurbanos que sea visible desde la zona de dominio público de la carretera, para evitar distracciones. Solo se permiten los rótulos que identifican al propio negocio ubicado allí, y aun así, están sujetos a restricciones de tamaño y ubicación.
- En ciudad: Aquí entra en juego la estética y el patrimonio. Muchos cascos históricos tienen normativas que prohíben ciertos colores estridentes, materiales plásticos o iluminación excesiva para proteger la armonía visual de la zona. Un expositor que cumpla con la normativa técnica pero rompa la estética del edificio protegido puede ser obligado a retirarse.
Conclusión: el asesoramiento profesional es clave
La publicidad exterior es una herramienta muy potente y eficaz. Genera confianza, autoridad y presencia de marca. Sin embargo, navegar por el laberinto de leyes estatales, autonómicas y ordenanzas municipales puede ser abrumador.
El éxito de una campaña no radica solo en un diseño bonito, sino en la tranquilidad de saber que cumple con todas las normas de seguridad, homologación y urbanismo. Por eso, contar con empresas especializadas como Induscreen que no solo impriman, sino que asesoren sobre la viabilidad legal y técnica de cada soporte, es la mejor inversión para evitar sorpresas desagradables y sanciones inesperadas.








0 Comentarios
Todos los comentarios son revisados antes de su publicación. Por favor, sé moderado e identifícate, nos gusta saber a quien nos dirigimos.